La Suprema Corte mendocina tuvo en cuenta la Convención de Belém do Pará y resaltó que, si bien la empleadora puede imponer el vestuario que crea apropiado, ello es ilegal cuando contiene una dimensión diferente para mujeres y hombres que pongan en juego la dignidad de las personas.
Se trata de un inmueble que fue donado por la Corporación Puerto Madero al Arzobispado de Buenos Aires, con el cargo de construir una escuela antes del 2031.